Dotación laboral

¿Dotación laboral en dinero? Te contamos cuándo es posible

23 Enero 2024

La entrega de dotación laboral es un aspecto esencial en la relación entre empleadores y empleados, y surge la pregunta de si es posible realizar esta entrega en forma de dinero. En el siguiente blog, se explora detalladamente la posibilidad de que una empresa entregue la dotación laboral en dinero.

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Alrededor de la dotación laboral existen confusiones que, por desconocimiento de las personas, se han transformado en realidades.  

Entre ellas, se encuentra la entrega de la dotación laboral en dinero, ya sea en efectivo o consignaciones a las cuentas bancarias de los trabajadores.  

Muchas empresas “cumplen” con entregar dotación sumando más dinero al salario del mes de sus colaboradores. Aunque seguramente no es un acto de mala fe, sí va en contra de la ley colombiana.

En términos simples, entregar dinero sería la forma más sencilla de cumplir con la entrega de dotación: no debes preocuparte por comprar ropa, todo queda en manos del trabajador y los empleados perciben directamente el esfuerzo de la empresa por “cumplir”.  

Pero como lo mencionamos, no va de la mano con lo estipulado por el Código Sustantivo del Trabajo. ¡En este artículo te lo explicamos!

¿Qué dice la Ley sobre la dotación en dinero?

El artículo 234 del Código es explícito en el tema: la dotación laboral nunca se entrega en dinero, se debe entregar en especie.  

El empleador les otorga a sus empleados elementos de protección personal en el trabajo como la camisa, el pantalón, los zapatos, la falda, las botas, la chaqueta y cualquier vestimenta que sea necesaria para realizar su labor, pero no le puede dar dinero en efectivo.

Esta entrega en especie debe realizarse tres veces al año, en las fechas de dotación estipuladas 30 de abril, 30 de agosto y 30 de diciembre.

Para comprender lo anterior, considera la dotación como una herramienta de trabajo y no un pago.

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Excepción del pago de dotación en dinero

La dotación de empleados se puede entregar en dinero cuando toma la forma de una indemnización.

Imagina un escenario donde la empresa, por descuido, no ha entregado la dotación a un colaborador durante tres años (o lo ha hecho de forma esporádica, sin seguir la norma) y el trabajador va a terminar su contrato con la empresa.

Dado que el trabajador no seguirá desempeñando labores para la organización, de nada le sirve recibir la dotación atrasada. En este caso la empresa debe pagar en dinero las dotaciones que nunca le fueron entregadas mientras hizo parte de la compañía.

Es momento de aclarar algo: se trata de una indemnización, no una compensación. Esto responde a que la finalidad de la dotación es impedir que el trabajador desgaste sus prendas para realizar actividades en beneficio del empleador.

Dado que no recibió la dotación, quiere decir que sufrió un perjuicio al usar su propia ropa para trabajar, desgastándola prematuramente. Por lo tanto, le corresponde una indemnización.

Entonces: solo hablamos de dinero cuando hay demanda o petición, de lo contrario debe ser entregada en especie o bonos de dotación. De nuevo, no olvides que esquivar procesos nunca es justificación para evitar el cumplimiento correcto de la ley.

Reconocimiento y pago de la dotación laboral en dinero

Para ser más claros con la única excepción que existe en la entrega de dotación en dinero, esto es lo que dice la Corte Constitucional al respecto:

 "La prohibición de entregar la dotación en dinero rige sólo durante la vigencia de la relación laboral, puesto que finalizada ésta, el trabajador podrá solicitar al juez correspondiente el pago de la misma, si demuestra que, durante la vigencia de su contrato, el empleador no cumplió con ella. En este caso, la prestación incumplida, se pagará en dinero, pues es un derecho que el trabajador tiene, y que no puede renunciar".  

Corte Constitucional, sentencia C-710 del 9 de diciembre de 1996.

Lo anterior confirma que el reconocimiento de la dotación laboral, hecho en las fechas estipuladas por la ley (30 de abril, 30 de agosto y 30 de diciembre), nunca podrá hacerse en dinero.  

Alternativas a la dotación laboral en dinero

Sí, evadir molestos trámites y procesos con la entrega de dinero puede ser atractivo, pero hacerlo, lastimosamente, es ir en contravía de las normas laborales.  

Por fortuna existen opciones que se encuentran en el marco legal y son tan sencillas como la entrega de dinero. Esta alternativa son los bonos y tarjetas de dotación.

Los bonos y tarjetas de dotación son considerados un pago en especie y por lo tanto la ley los acepta. Gracias a que están diseñado para un gasto específico, el empleador puede asegurarse que sus colaboradores van a destinar su valor para adquirir dotación y no otro tipo de productos.

Igual que el dinero, entregar tarjetas y bonos de dotación evita varios procesos molestos:

  • La compra de la dotación.
  • El transporte del producto.
  • El almacenamiento de la ropa.
  • La elección de la talla de la dotación para cada colaborador.
  • El cambio de ropa en caso de que haya sucedido un error con colores o tallas.

¿Cuál es la mejor solución a tus necesidades de dotación?

Los bonos y tarjetas de Pluxee Dotación, antes Dotación Pass de Pluxee, antes Sodexo son la forma ideal de cumplir con tus obligaciones de ley. Los bonos o tarjetas de dotación no se consideran dinero en efectivo; por lo tanto, cumplen con las reglas según lo que expresa la dotación del Código Sustantivo del Trabajo y entregan todas estas ventajas:

  •  Reduce tiempos y esfuerzos.  
  • Garantiza la correcta destinación del auxilio.
  • Son de administración más sencilla.  
  • Ayuda a la motivación del empleado.  
  • Facilidad de uso y ahorro en papel. 
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